Firmas Electrónicas en Colombia
Legislación
En Colombia, las firmas electrónicas y las firmas digitales basadas en certificados se utilizan comúnmente en los negocios y comercio. En general, cualquier documento que requiera firma podrá ser firmado con una firma electrónica.
En el pasado, las firmas electrónicas no se utilizaban con frecuencia ante las autoridades judiciales o gubernamentales. Sin embargo, esto ha cambiado debido a los recientes eventos globales y los jueces y administradores ahora utilizan y aceptan firmas electrónicas con regularidad.
En el pasado, las firmas electrónicas no se utilizaban con frecuencia ante las autoridades judiciales o gubernamentales. Sin embargo, esto ha cambiado debido a los recientes eventos globales y los jueces y administradores ahora utilizan y aceptan firmas electrónicas con regularidad.
- Las leyes que rigen las firmas electrónicas y digitales en Colombia incluyen:
- Ley 527 de 1999 que regula el comercio electrónico y sienta las bases para la existencia y exigibilidad de las firmas digitales.
- Decreto 2364 de 2012 que diferencia entre firma electrónica y firma digital como tipo específico de firma electrónica.
Ebook sobre la firma electrónica en Colombia
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- ¿Qué es la firma electrónica?
- El marco normativo de la firma electrónica y digital en Colombia
- Los distintos tipos de firmas con validez jurídica en Colombia
- ¿Cómo ZapSign tiene validez jurídica en Colombia
Requisitos
Según el Decreto 2364, una firma electrónica (e-signature) es cualquier mecanismo como códigos, contraseñas, datos biométricos o contraseñas criptográficas que permitan la identificación de un individuo en relación con un mensaje de datos, siempre que el mecanismo sea confiable y adecuado para los fines de que se está utilizando la firma.
El Decreto 2364 establece que cuando se requiere una firma, una firma electrónica puede usarse si es confiable y apropiada para los propósitos del mensaje. Una firma electrónica se considera confiable si:
Los datos utilizados para la creación de la firma son propiedad exclusiva del firmante;
Es posible detectar cualquier modificación no autorizada del mensaje de datos después del mensaje de datos fue firmado.
En respuesta a la pandemia COVID-19, Colombia ha implementado los siguientes Decretos relacionados decisiones que sirven para autorizar el uso de firmas electrónicas para jueces y administradores autoridades:
El Decreto 2364 establece que cuando se requiere una firma, una firma electrónica puede usarse si es confiable y apropiada para los propósitos del mensaje. Una firma electrónica se considera confiable si:
Los datos utilizados para la creación de la firma son propiedad exclusiva del firmante;
Es posible detectar cualquier modificación no autorizada del mensaje de datos después del mensaje de datos fue firmado.
En respuesta a la pandemia COVID-19, Colombia ha implementado los siguientes Decretos relacionados decisiones que sirven para autorizar el uso de firmas electrónicas para jueces y administradores autoridades:
- El Decreto 490 de 2020 permite a las autoridades administrativas utilizar firmas electrónicas así como firmas escritas a mano, digitalizadas y escaneadas para firmar decisiones y otros documentos.
- El Decreto 806 de 2020 permite que se utilicen firmas electrónicas para presentar documentos durante procedimientos y dicta que, durante los procesos judiciales, los jueces utilizarán los medios digitales disponibles para evitar trámites innecesarios (por ejemplo, firmas manuscritas).
- Decisiones del Consejo Superior de la Judicatura que instruyen a los jueces a utilizar y permitir el uso de firmas electrónicas.
Transacciones con entidades del sector público
No existen requisitos o restricciones especiales para el uso de firmas electrónicas con el gobierno en Colombia, no es una práctica común que las entidades gubernamentales utilicen firmas electrónicas.
Por razones burocráticas, las entidades gubernamentales pueden requerir que los documentos estén firmados con una firma manuscrita.
Nota legal: ZapSign no puede proporcionar asesoría legal. Debe consultar a un abogado con respecto a sus cuestiones legales.